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¿Cuáles son las Zonas Francas habilitadas en Argentina?

¿Cuáles son las Zonas Francas habilitadas en Argentina?

A lo largo y ancho del país, podemos encontrarnos con 13 Zonas Francas. Su principal objetivo es fomentar el comercio y la actividad industrial exportadora a través de la reducción de costos y la simplificación de los procedimientos administrativos, ofreciendo, además, incentivos fiscales.

Pero, ¿Qué son las Zonas Francas? Son espacios en los cuales la mercadería no es sometida al control habitual del servicio aduanero y, tanto su importación como su exportación, no están gravadas con tributos -salvo las tasas retributivas que pudieran establecerse- ni alcanzadas por prohibiciones de tipo económico.

¿Cuáles son las Zonas Francas habilitadas en Argentina?

  • La Plata, Provincia de Buenos Aires;
  • Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires;
  • Justo Daract, Provincia de San Luis;
  • Córdoba, Provincia de Córdoba;
  • Luján de Cuyo, Provincia de Mendoza;
  • General Pico, Provincia de la Pampa Bahía;
  • Comodoro Rivadavia, Provincia de Chubut;
  • Salta, Provincia de Salta;
  • Iguazú, Provincia de Misione;
  • C. del Uruguay, Provincia de Entre Ríos;
  • Villa Constitución, Provincia de Santa Fe;
  • Caleta Olivia, Provincia de Santa Cruz;
  • Rio Gallegos, Provincia de Santa Cruz.

¿Qué actividades se desarrollan?

Las principales actividades son almacenamiento, comercialización e industrialización. La mercadería, si bien puede ser transferida, se encuentra a la espera de un destino posterior y sólo puede ser objeto de las operaciones necesarias para su conservación y manipulaciones ordinarias destinadas a mejorar su presentación, calidad comercial o acondicionada para su transporte. Además, puede ser comercializada, utilizada o consumida e industrializada, es decir, puede ser transformada, elaborada, combinada, reparada o sometida a cualquier perfeccionamiento.

¿Cómo se establece su creación y localización?

Es el Poder Ejecutivo Nacional quien acuerda con los gobiernos provinciales su establecimiento en regiones geográficas cuya situación económica sea crítica o que por su vecindad con otros países así lo requieran.

Así, el Poder Ejecutivo podrá:

  • Disponer que no se apliquen las prohibiciones de carácter no económico a la introducción o extracción de mercaderías de la zona franca.
  • Reducir las medidas de control aduanero de la zona franca.
  • Establecer un régimen de estímulo a la venta de mercaderías originarias del área franca que se destinen al extranjero.

Eso fue todo por hoy, gracias por acompañarnos en esta nueva entrega.

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